Un positivo en alcoholemia no siempre acaba en sanción firme: el procedimiento tiene garantías estrictas (doble prueba, márgenes del etilómetro, verificación del aparato) y cuando no se cumplen, la sanción se puede impugnar. Y hay una frontera crítica: la que separa la multa administrativa del delito penal.
¿Cuál es la tasa de alcohol permitida? En aire espirado: 0,25 mg/l con carácter general y 0,15 mg/l para noveles y profesionales. Superarla es sanción de 500-1.000 € y 4-6 puntos. A partir de 0,60 mg/l deja de ser multa: es delito contra la seguridad vial.
Multa o delito: la frontera que lo cambia todo
- Hasta 0,60 mg/l: sanción administrativa — multa y puntos, recurrible como cualquier multa.
- Desde 0,60 mg/l (o conducción con signos evidentes): delito del Código Penal — juicio rápido, posible retirada del carné y hasta penas de prisión. Aquí necesitas defensa penal desde el primer momento, no un recurso administrativo.
Las garantías del procedimiento (donde se ganan estos casos)
- Doble medición obligatoria con un intervalo mínimo de 10 minutos entre ambas, y derecho a prueba de contraste (análisis de sangre).
- Margen de error del etilómetro aplicado a la medición según metrología.
- Etilómetro verificado: certificado vigente del aparato concreto — igual que con los radares.
- Acta completa: información de derechos, firmas, mediciones y horario correctos.
Importes y puntos
500 € y 4 puntos en tasas hasta el doble de la permitida; 1.000 € y 6 puntos por encima del doble o en caso de reincidencia en un año.
Si el positivo fue límite, el aparato dudoso o el acta incompleta, conviene revisarlo antes de pagar. Cuéntanoslo por WhatsApp o aquí:
Preguntas frecuentes
¿Puedo negarme al control de alcoholemia?
No es buena idea: la negativa es delito penal por sí misma, aunque estés sobrio. Sí puedes exigir la segunda medición y la prueba de contraste.
¿El etilómetro tiene margen de error?
Sí, como todo instrumento de medida. En tasas límite, el margen correctamente aplicado puede dejar el resultado por debajo del umbral sancionador — o del penal.
¿Qué pasa si solo me hicieron una medición?
La segunda medición con intervalo de 10 minutos es una garantía del procedimiento; su omisión es un defecto relevante que puede invalidar la sanción. Consta en el acta.
¿Me pueden quitar el carné por alcoholemia?
En vía administrativa pierdes puntos (4-6). La retirada del permiso como pena llega en la vía penal (desde 0,60 mg/l o conducción con signos): de 1 a 4 años de privación.
¿Positivo reciente?
Antes de pagar, revisa el acta. Doble medición, margen del aparato y verificación: si algo falla, hay caso. Y si el asunto es penal, no lo dejes pasar ni un día.
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