STS 154/2025 y 155/2025: el nuevo umbral de usura del Tribunal Supremo
El 30 de enero de 2025, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo dictó dos sentencias gemelas (154/2025 y 155/2025) que ponen orden a una década de oscilación jurisprudencial sobre la usura en el crédito al consumo. Por primera vez, hay un criterio cuantitativo claro y aplicable de forma sistemática.
El criterio fijado: hay usura cuando la TAE del contrato supera en más de 6 puntos porcentuales el TEDR (Tipo Efectivo de Definición Restringida) que el Banco de España publicaba para el año de la firma. Esta regla aplica a todo el crédito al consumo: tarjetas revolving, préstamos personales, financiación de vehículos, microcréditos.
Claves prácticas
- Antes de las STS 154 y 155/2025: la jurisprudencia oscilaba. La STS 628/2015 fijó “notablemente superior” pero sin cuantificar. La STS 149/2020 estableció una comparación con el tipo medio de la categoría. Cada audiencia aplicaba el test con criterios distintos.
- Después: TEDR del año + 6 puntos, sin matices. Si la TAE supera ese umbral, hay usura. Si está por debajo, hay que ir por transparencia, art. 21 LCCC u otras vías.
- Aplicación a préstamos de coche: en años con TEDR de crédito al consumo entre 6,5 % y 8 % (rango habitual 2018-2022), el umbral está entre 12,5 % y 14 %. Las TAE de Cetelem, Cofidis, Santander Consumer y similares se mueven en esa zona, lo que abre muchos casos viables.
- Aplicación a tarjetas revolving: el TEDR específico de revolving suele estar entre 18 % y 22 %, lo que da umbrales de 24 % a 28 %. Las revolving con TAE > 26 % (frecuentes en WiZink, Cetelem, Bankinter) entran en usura por este criterio.
Sentencias y fuentes citadas
- STS 154/2025, Pleno, 30 de enero de 2025 (CENDOJ).
- STS 155/2025, Pleno, 30 de enero de 2025 (CENDOJ).
- STS 628/2015 (jurisprudencia anterior, ahora superada en lo cuantitativo).
- STS 149/2020 (jurisprudencia anterior, ahora superada en lo cuantitativo).
- Ley de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate, vigente).
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza a aplicarse la STS 154/2025?
Desde el 30 de enero de 2025. Se aplica retroactivamente a contratos firmados antes, porque establece la interpretación correcta de una ley vigente desde 1908 (Ley Azcárate).
¿Sustituye la STS 154/2025 a la doctrina anterior?
Sí. Al ser sentencia de Pleno, fija doctrina vinculante para los tribunales inferiores. Las sentencias contrarias dictadas antes pueden ser revisadas si no son firmes.
¿Qué pasa con sentencias firmes anteriores que aplicaban otro criterio?
Las sentencias firmes (con cosa juzgada) no se revisan. Para casos nuevos o pendientes, aplica el nuevo criterio.
¿La STS 154/2025 abarca solo tarjetas revolving o todo el crédito al consumo?
Todo el crédito al consumo, incluidos préstamos para coches, microcréditos, préstamos personales y revolving.
